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viernes, 29 marzo, 2024

TSJ sentencia flagrancia por no tener cómo comprobar los delitos

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En 36 días, el gobierno de Nicolás Maduro ha arreciado el ataque contra la investidura de los diputados de la Asamblea Nacional (AN). Sin competencia para legislar ni decidir sobre el ejercicio de sus funciones, la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) ha despojado de su inmunidad a 11 diputados, de los cuales dos pertenecen a la junta directiva, Juan Guaidó y Edgar Zambrano.

El director de la ONG Acceso a la Justicia, Alí Daniels, sostuvo a El Pitazo que Maduro ha emprendido un nuevo esquema de allanamiento a la inmunidad. Antes, los cuerpos de seguridad detenían al funcionario y luego la ANC retiraba su fuero de forma discrecional, como en el caso de Juan Requesens, quien permanece recluido en el Sebin acusado de presuntamente ser cómplice del magnicidio frustrado registrado el 4 de agosto de 2018.

En esta oportunidad, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declara un delito cometido en supuesta flagrancia, varios días después del hecho al que se refiere, y pide al órgano declarado como ilegítimo por la AN que apruebe el levantamiento de la inmunidad para continuar el enjuiciamiento. Así buscan evitar el antejuicio de mérito, que es un paso previo en el cual el Poder Judicial justifica que hay elementos suficientes para procesarlo.

Daniels asegura que el gobierno de Maduro actúa de forma contradictoria. En primer lugar, porque cuando se está en flagrancia quiere decir que el delito se está cometiendo o se acaba de cometer y en ese momento se produce la aprehensión. No es el caso del que habla el TSJ, el Ministerio Público ni la ANC.


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“El TSJ alega flagrancia en el caso de los diputados de la AN porque no tienen elementos de convicción para comprobar los supuestos delitos cometidos. Este gobierno es experto en dilatar los procesos judiciales para que los atacados siempre sientan un puñal en el cuello”, justifica el abogado constitucionalista.

A los diputados Edgar Zambrano (AD), Henry Ramos Allu (AD), Richard Blanco (ABP), Luis Florido (Independiente), Mariela Magallanes (LCR), Américo De Grazia (LCR) y Simón Calzadilla (MPV) se les acusa de incurrir en los delitos de traición a la patria, conspiración, instigación a la insurrección, rebelión civil, concierto para delinquir, usurpación de funciones, instigación pública a la desobediencia de las leyes y el odio continuada, por los hechos del 30 de abril, cuando se registró un alzamiento cívico militar. 

Daniels aclara que asegurar que hay un delito en flagrancia ocho días después de lo ocurrido es ilegal: “Eso es una aberración. No existe una flagrancia permanente”, sentenció.

Además de no tener elementos para demostrar las faltas, el abogado señala que Maduro le tiene temor a Guaidó y a todo su entorno, y por ello no se atreve a encarcelarlos. Solo los amenaza.  

En caso de que un diputado cometa un delito en flagrancia, los pasos a seguir están descritos en el Artículo 200 de la Constitución: la autoridad competente lo pondrá bajo custodia en su residencia y comunicará el hecho al Poder Judicial. Al momento de publicar esta nota, solo Zambrano ha sido detenido por funcionarios del Sebin.

Pendientes por allanamiento

El TSJ pidió a la constituyente la tarde de este miércoles 8 de mayo allanar el fuero de los diputados y compañeros de partido de Guaidó Freddy Superlano, Sergio Vergara y Juan Andrés Mejía.

Durante el periodo legislativo 2015-2021, se ha atentado en contra de la investidura de los diputados Germán Ferrer, Julio Borges, Juan Requesens y Freddy Guevara. Aunque a Gilber Caro no se le ha levantado la inmunidad, fue detenido en 2017 y acusado de poseer armas bélicas. Posteriormente fue liberado bajo una decisión de la ANC. Desde el 26 de abril se encuentra desaparecido, luego de que funcionarios del Sebin se lo llevaran de un establecimiento de comida. Hasta ahora, las autoridades no han informado dónde se encuentra.

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