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jueves, 28 marzo, 2024

Anzoátegui | Tribunal ordena enjuiciar a imputados por presuntamente envenenar a prospecto de béisbol

En la audiencia preliminar, la juez de Control III ratificó la medida de privativa de libertad contra Raúl Barreto y Luis Alberto Castillo por haber suministrado, en diciembre 2020, desparasitante equino al joven Ezeel Espinoza y a otros dos beisbolistas

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El Tigre.- El Tribunal de Control III del Circuito Judicial Penal de Anzoátegui, extensión El Tigre, ratificó la medida privativa de libertad y ordenó juicio para los dos imputados por el presunto suministro de un desparasitante para caballos al prospecto de béisbol Ezeel David Espinoza, de 16 años, y otros dos beisbolistas, en diciembre de 2020.

El equipo de El Pitazo en la entidad conoció la sentencia la noche de este sábado 24 de julio, a través de un comunicado enviado por los padres del joven beisbolista, Ezeel Espinoza Pirela y Diana Arias de Espinoza. El documento detalla los pormenores de la audiencia preliminar realizada el martes 20 de julio y de la decisión de la juez, ofrecida el viernes 23, en contra de los imputados, Raúl Barreto Arredondo (entrenador) y Luis Alberto Castillo (veterinario).

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Se conoció que a la audiencia preliminar acudieron los tres jóvenes afectados por la ingesta del desparasitante de nombre Panteq, en compañía de sus representantes. 

La juez de Primera Instancia en funciones de Control número 3, Vanessa Jiménez, admitió parcialmente tanto la acusación del fiscal séptimo, Jairo Gil, como la acusación particular propia de los abogados defensores, y admitió los delitos de homicidio calificado en grado de frustración y el ejercicio ilegal de la medicina, pero rechazó la asociación para delinquir.

En los próximos cinco días, la juez publicará el extenso de su decisión. Sin embargo, procedió a ordenar el enjuiciamiento de los dos imputados y el pase del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documento para el sorteo del tribunal de juicio que proseguirá con el caso.

Detalles

En la audiencia preliminar, una vez concluida la imputación y el ofrecimiento de sus medios probatorios para un eventual juicio oral y público, «la juez dio la palabra a Miguel Cabello y José Arthur, apoderados judiciales (ad honorem) de las víctimas indirectas Diana Arias de Espinoza y Ezeel Antonio Espinoza y de la víctima directa Ezeel David Espinoza Arias, quienes expusieron su acusación particular propia y ofrecieron medios documentales, testimoniales y de expertos de la medicina que atendieron al joven beisbolista, para un eventual juicio oral y público», detalla el texto. 

Además, decretó la nulidad del acta de la Fiscalía Cuarta, que no fue firmada por ningún fiscal del Ministerio Público, en la que se le tomó declaración al presidente de la academia de beisbol Tiger Sport Talent, Amin Salomón Marcano.

«Esto había servido de base para promover insólitamente a este ciudadano como víctima directa, cualidad que quedó denegada, porque este no tomó el desparasitante», expone el texto.

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También fue denegada la solicitud de los acusadores privados de ordenar lo conducente al Ministerio Público para investigar o imputar a otros miembros de la academia por sus presuntas responsabilidades en la modalidad de dolo eventual.

A los beisbolistas les suministraron el desparasitante en la academia supuestamente para aumentar el peso, mejorar el desarrollo muscular y mayor rendimiento para el viaje a Medellín, Colombia, en febrero de 2021, donde serían evaluados por agentes de las ligas menores de las Grandes Ligas de Béisbol de Estados Unidos.

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